jueves, 30 de enero de 2020

La OMC en Davos: con la mira puesta en Nur-Sultan

"2020 es un año crucial para la OMC. Las entregas concretas en Nur-Sultan reforzarían la credibilidad de la OMC. Demostraría que la OMC puede adaptarse al siglo XXI. La economía mundial está cambiando rápidamente. Las normas comerciales actualizadas darían a los gobiernos nuevas herramientas para ayudar a las empresas, los consumidores y los trabajadores a prosperar."
Roberto Acevedo
Director General de la OMC
Davos, Suiza, 
Enero 2020 


La reunión del Foro Económico Mundial ha concluido. Sin embargo, es una buena oportunidad para revisitar algunos de los asuntos tratados en Davos, en especial, aquellos que tendrán resonancia en los meses por venir. Con la mira puesta en la próxima Conferencia Ministerial de la OMC en Nur-Sultan, Kazajistán (MC12), enfoquemos nuestra atención en los siguientes puntos.

Reforma a la OMC

El Director General de la OMC, Roberto Azevedo, estuvo bastante ocupado tratando este tema. Aparte de la reunión con el Presidente de los EEUU, Donald Trump, celebró varios encuentros con ciertos miembros de la OMC para tratar los asuntos relativos a la facilitación de inversiones, el comercio electrónico y el tema que de seguro será el centro de la MC12: los subsidios a la pesca.

El DG Acevedo tiene muy claro que este es un año determinante para la OMC, y la MC12 pudiera ser la oportunidad de oro, para redireccionar el rumbo de la Organización. Aunque suene muy ambicioso, y pone las expectativas muy altas, no está mal el estresar la necesidad urgente de adaptar el órgano regulador del comercio global, a las realidades del siglo XXI.

La salida a la crisis del Órgano de Apelación

El tranque del Órgano de Apelación, que devino prácticamente inoperante a finales del año pasado es uno de los asuntos apremiantes. Ante esta realidad, varios miembros de la OMC han optado por un plan de contingencia. Dicha opción permitiría apelaciones en sus disputas comerciales, en forma de un acuerdo de apelación provisional, hasta tanto el Órgano de Apelación vuelva a estar operativo. Por el momento se han adherido a este plan: Australia, Brasil, Canadá, China, Chile, Colombia, Costa Rica, Unión Europea, Guatemala, República de Corea, México, Nueva Zelanda, Noruega, Panamá, Singapur, Suiza y Uruguay. El acuerdo toma como base las disposiciones el Artículo 25 el Entendimiento sobre Solución de Diferencias (ESD), mediante el cual las apelaciones de los informes de los Grupos Especiales o Paneles, se someterían a un arbitraje vinculante.

Los miembros que se suscriben a dicha iniciativa utilizarían este mecanismo únicamente para las apelaciones de disputas entre ellos, pero no para controversias que intervengan otros miembros que no se suscriban al mismo. Aunque los 17 miembros que firmaron este acuerdo distan mucho de completar la matrícula completa de la OMC, dejaron abierta la posibilidad de que otros se incorporen a dicha iniciativa, lo que al menos en teoría brinda una esperanza de avance ante la situación de estasis en que se encuentra el Órgano de Apelación de la OMC. Resta por ver como evoluciona de aquí a junio cuando se celebre la MC12.

Facilitación de las Inversiones para el Desarrollo

Otro de los temas abordados por el DG Acevedo en Davos fue el relativo a las inversiones y la necesidad de avanzar en las negociaciones. Ya son 100 miembros los que conforman actualmente la mesa de inversión, lo que representa un notable incremento de los 70 que iniciaron las discusiones en 2017. Este ímpetu, tal y como lo expresó el DG, ha sido gracias al activo rol del sector privado, que ha logrado motorizar el interés de los gobiernos para empujar el asunto en la arena multilateral. Pudiera ser una excelente oportunidad, dado la relativa crisis que actualmente atraviesa el régimen internacional de inversiones, cuya cabeza visible, los Acuerdos Internacionales de Inversión, se encuentran bajo intenso escrutinio por parte de los Estados e igualmente son objeto de duras críticas por parte de ONGs, políticos y otros grupos de interés.

El Comercio Electrónico en una Encrucijada

La activa agenda del DG lo llevó a cubrir uno de los puntos más espinosos para la próxima MC12. No es para menos, en momentos en los que el comercio electrónico y las plataformas digitales se encuentran en una espiral regulatoria en un número creciente de países, la OMC no quiere quedarse rezagada. El comercio electrónico transnacional ha marcado la pauta a inicios del siglo XXI y se espera que siga aumentando. Lo vivimos a diario cuando compramos en Amazon o vemos películas y series en Netflix.

El mejor escenario para negociar el comercio digital es precisamente la OMC. Acuerdos en dicho foro permiten el mayor alcance y difusión, evitando posibles arbitrariedades que pudieran ocurrir si cada país es libre de disponer sus propias normativas respecto del comercio electrónico. Actualmente en varios países existen debates respecto de las cargas e impuestos que recaen sobre estos servicios, así como de restricciones en cuanto al contenido y las cuotas reservadas para las programaciones locales. En ese sentido, el propio Acevedo motivó a los miembros a llevar a Nur-Sultan una propuesta concreta, o en el mejor de los casos, un Acuerdo terminado.

En definitiva...

Davos nos dejó a la OMC con la mira puesta en Nur-Sultan. El DG Acevedo subió la barra y su proactividad estuvo al orden del día, eso hay que reconocerlo. Si en la MC12 consigue cerrar el Acuerdo sobre Subvenciones a la Pesca y avanzar en el tema de comercio electrónico, creo que podrá anotarse otro premio.

jueves, 23 de enero de 2020

La agenda de Davos y la cuestión de los países en desarrollo en la OMC

"Ellos se han aprovechado de nosotros por años y años...ya no vamos a dejar que eso siga pasando...China es visto como un país en desarrollo, India es visto como un país en desarrollo, nosotros no somos vistos como un país en desarrollo. En lo que a mí concierne, nosotros también somos un país en desarrollo, pero ellos han tenido tremendas ventajas por el hecho de que son considerados países en desarrollo y nosotros no, pero ellos no deberían serlo, pero si lo son, nosotros también lo somos...la OMC ha sido muy injusta con EEUU por muchos años..."
Donald Trump, Presidente de EEUU
Davos, Suiza
Enero 2020

En estos momentos se celebra la reunión anual del Foro Económico Mundial (FEM) en Davos, Suiza. Como cada año, líderes de Naciones, de Organismos Internacionales, de empresas, etc., se dan cita para tratar y debatir los temas de la agenda mundial. La agenda puede resultar muy ambiciosa para tratar tantos asuntos en tan pocos días, sin embargo, los puntos tratados en Davos nos pueden dar una señal de hacía donde se proyectan o dirigen las cuestiones más importantes que moldean el mundo, así como su contenido.

Como la sociedad internacional va en constante evolución, así también cambian los temas tratados en Davos. Para este año, uno de los asuntos que nos debe llamar poderosamente la atención es el de la reforma del sistema multilateral de comercio a cuya cabeza se encuentra la OMC. A los problemas del Órgano de Apelación se le suman otros, igualmente complejos, como la cuestión del tratamiento diferenciado a los países en desarrollo (PED).

En su arquitectura actual, la OMC permite que cada país evalúe su propia condición de país en desarrollo. Este último punto ha sido muy sensible debido al tratamiento especial que pueden recibir éstos países, incluyendo plazos más largos para cumplir con los Acuerdos de la OMC y que otro país le pueda otorgar beneficios unilaterales bajo el Sistema Generalizado de Preferencias (SGP).

Con respecto al SGP y el estatus de país en desarrollo, la posición de EEUU es hasta cierto punto razonable: todavía países como China, Corea del Sur y la India se auto-designan países en desarrollo, siendo al mismo tiempo de las principales economías del mundo. Esto puede hasta operar en detrimento de otros países que si necesitan estas facilidades, como es nuestro propio caso (p.e. la asistencia técnica que brinda la OMC, que de por si es de limitada capacidad, debe ser repartida con un criterio de equidad entre todos los PED).

Las cosas pudieran estar cambiando. El énfasis del Presidente norteamericano de que este tema se discuta en Davos, podría indicar una intensificación del debate, motivado por su éxito en la conclusión del Acuerdo con China (Fase 1), firmado hace una semana. Trump no pierde tiempo.

Pero si ese es el caso, que dirección debe seguir la reforma atinente a los países en desarrollo?. La OMC contempla una fórmula para considerar a los países menos adelantados (PMA), que son aquellos designados como tales por las Naciones Unidas. Ahora mismo 36 de los 47 países que figuran en la lista de NNUU son también miembros de la OMC. Estos 36 países disfrutan de un tratamiento aún más preferencial que los PED.

Un referente que pudiera ser tomado como base o punto de partida para la discusión es el Índice de Desarrollo Humano (IDH) del PNUD. Según el Informe publicado el año pasado, 36 países figuraron con IDH medio (un buen referente para PED). De entre los países mencionados por Trump, la India se encuentra en el puesto 129 (IDH medio), mientras que China se ubica en el puesto 85 (IDH alto). Curiosamente, la República Dominicana alcanzó el puesto 89 (IDH alto), por lo que según este criterio, quedaríamos fuera del tratamiento especial y diferenciado de la OMC.

La cuestión de los países en desarrollo en la OMC debe ser parte de una discusión seria y objetiva. La reforma es necesaria, el mundo ha cambiado mucho y no es el mismo de 1995, cuando se inició la OMC. Por supuesto, tampoco China ni la India son los mismos de hace 25 años atrás.

viernes, 17 de enero de 2020

El Acuerdo EEUU-China: Trump gana el primer round, pero que hay del resto del mundo?


Este 15 de enero los EEUU y China finalmente suscribieron la fase uno de un Acuerdo para tratar de buscar una salida después de casi dos años de guerra comercial. Por los términos de este Acuerdo podemos aseverar que el "primer round" fue ganado por EEUU, y más propiamente, por Trump. Veamos.

De entrada el Acuerdo cristaliza el compromiso por parte de China de comprarle a los EEUU bienes de manufactura, agropecuarios, de energía y servicios en el orden de los US$200 billones (Art. 6.2.1). Este monto, que es un punto de partida o mínimo, se deberá cumplir en un lapso de dos años, es decir, hasta el 31 de diciembre de 2021. Eso llevaría la implementación del Acuerdo más allá del mandato presidencial actual de Trump, que de no ser favorecido con la reelección, pudiera dejar en el limbo este y otros Acuerdos posteriores.

El cumplimiento  del compromiso de compras provenientes de EEUU pudiera significar que China necesite "sacrificar" las importaciones de otros países. Como será el caso de la soya proveniente de Brasil, país altamente beneficiado de la guerra comercial, por la desviación de comercio que se produjo. Es uno de los impactos del Acuerdo para terceros países, pero no es el único, que si bien es un paso positivo en la dirección de calmar los temores de una escalada en las tensiones, es a la vez un serio dilema para el sistema multilateral de comercio.

Así entendemos, porque a pesar de tratarse de un Acuerdo entre dos países, el grueso, por no decir todos los compromisos recaen sobre una sola parte: China. Es China la que debe comprarle a EEUU determinada cantidad de bienes y servicios, la que debe cumplir una serie de obligaciones en materia de propiedad intelectual, de transferencia de tecnología y demás. Esto, a pesar que el texto hace hincapié en que las Partes acuerdan tal o cual cosa, "teniendo en cuenta los compromisos de la OMC". No queda claro, sin embargo, que por su naturaleza se comprenda dentro del Artículo XXIV del GATT o del Art. V del AGCS, por tratarse de concesiones unilaterales de parte de China. Qué pasa con el principio NMF?, el Acuerdo ni lo menciona.

Es probable que tanto EEUU como China estén conscientes del hecho de que mientras este Acuerdo puede arreglar parte de sus problemas, el mismo conlleve algunas inconsistencias con las reglas del comercio multilateral. 

Hay tantas interrogantes sobre este Acuerdo, aquí dejo algunas:

  • Cómo funcionará el mecanismo de solución de controversias (Capítulo 7)?: Es un Capítulo muy sui generis y deja al aire muchas interpretaciones como esta que tengo:  si al final hay una disputa existe el riesgo de que el Acuerdo se disuelva, entonces, para que sirve tener un Capítulo que actúe como un mecanismo de auto-destrucción del propio Acuerdo?
  • Qué pasa si China no cumple con la cuota de compras americanas, pero se debe a fallas de mercado?: EEUU no logra producir lo suficiente, hay un mal año, bajas cosechas, etc. Serían casos de faltas no atribuibles a China y el Acuerdo solo menciona las consultas entre Partes para casos de desastres naturales (Art. 7.6.2).
  • Mientras llegan a un acuerdo las tarifas...bueno...se mantienen: EEUU mantiene con todo y Acuerdo aranceles en el orden de los US$360 billones contra bienes chinos, como una especie de garantía de cumplimiento, aunque se espera que sea así solo provisionalmente.
  • Fase 2, Fase 3, 4, 5...del Acuerdo?: Trump ha informado que las negociaciones para la Fase 2 del Acuerdo iniciarán de inmediato, lo que probablemente lleve unos meses. Mi apuesta es que EEUU seguirá negociando si y solo si, China cumple con esta Fase del Acuerdo. Con esta victoria anotada, Trump puede jugar con el tiempo.
  • Por lo pronto, el Acuerdo trae un alivio a China y al liderazgo de ese país: China acaba de anunciar que su economía creció 6,1% en 2019, dentro del rango esperado, pero un crecimiento 0.5% menor que el año 2018, reflejando las consecuencias de la guerra comercial. El último año también fue duro internamente por la cuestión de Hong Kong, por lo que el liderazgo de ese país necesitaba este "respiro".

martes, 7 de enero de 2020

Protocolo sobre Requerimientos Fitosanitarios para la Exportación de Tabaco de República Dominicana a China


China es el mayor productor y consumidor de tabaco del mundo. Según la OMS (2018) los consumidores de este rubro en China sobrepasan los 300 millones. Es un importante mercado para los cigarros “premium”. Nuestro país es actualmente el primer exportador a nivel mundial de cigarros premium, con exportaciones de tabaco y sucedáneos por un valor de US$875 millones (2018).

Este Acuerdo tiene como objeto principal facilitar la exportación de hojas de tabaco de RD hacía China mediante reglas y procesos más ágiles para la inspección de estos productos. El Acuerdo establece que las hojas de tabaco deben previamente a su transporte a China ser curadas, deshidratadas y clasificadas. Deberán cumplir además con una serie de requisitos especiales como el permiso previo de la Autoridad Aduanera de China (GACC), la cual podrá inspeccionar in-situ en RD todo el proceso.

El Ministerio de Agricultura de RD es el punto de contacto local y colaborador estrecho de la GACC para todo el Acuerdo. El MA deberá facilitar información y colaborar con la GACC, como es en el proceso de pre-inspección de las hojas de tabaco, revisando y certificando que las mismas se encuentran libres de plaguicidas, pesticidas, herbicidas y otros tipos de residuos, así como organismos y microorganismos no permitidos. Si no se cumple con estos requisitos, la mercancía podrá ser devuelta, no embarcada o incluso destruida antes de ingresar o en el proceso de entrada a China.

El MA puede emitir certificados de cumplimiento de la conformidad para cargamentos indicando que los mismos cumplen con los estándares pertinentes, tales como las normas contenidas en la Convención Internacional de Protección Vegetal (CIPF).

Con respecto al embalaje, el Acuerdo dispone que la hojas de tabaco deben ser empacadas en bultos especiales y selladas de modo que se resguarde la integridad de la mercancía. Estos bultos deben contener todas las indicaciones de lugar, como tipo, clase, origen de cosecha, año y demás informaciones del tabaco. El procedimiento para el manejo del cargamento en caso de la verificación de plagas también se incluye. En casos extremos se puede llegar a la cuarentena, incineración o destrucción de la mercancía. China incluyó una lista de plagas que son de su especial preocupación: 1. Oosporas de Peronospora tabacina, 2. Sorghum halepense y 3. Lasioderma serricorne.

miércoles, 13 de noviembre de 2019

Conociendo el Acuerdo sobre Servicios de Transporte Aéreo entre China y la República Dominicana


Este Acuerdo tiene como objetivo facilitar y desarrollar las relaciones entre ambos países en el ámbito de la aviación civil, teniendo en cuenta los instrumentos normativos relevantes, tanto nacionales como internacionales, éste último el caso del Convenio de Chicago de 1944 sobre Aviación Civil Internacional.

El Acuerdo concede amplias libertades a las aerolíneas de ambos países. Abarca lo que en Derecho Aeronáutico se denominan las libertades técnicas y las libertades comerciales: derecho de vuelo sobre el territorio, derecho a realizar paradas en el territorio para tomar a bordo o desembarcar pasajeros, equipaje, etc. 

Para la aprobación de operaciones de aerolíneas en el territorio de una Parte se deben cumplir una serie de gestiones diplomáticas, como la comunicación de las rutas y servicios aprobados. Pero también, ninguna disposición del Acuerdo implica que los demás requisitos y normas técnicas que exige la legislación nacional deban obviarse, por lo que se espera que si una aerolínea china quiere operar en territorio dominicano, debe cumplir con tales normas de la forma que lo hace otra aerolínea de cualquier país.

Con respecto a la capacidad y la utilización de la misma, se acuerda que las aerolíneas de ambas Partes operarán en condición de igualdad, de modo que la capacidad en la provisión de los servicios de transporte aéreo se pueda cubrir en un marco de equidad. En este punto, es bueno traer a colación, que nuestro país no cuenta con una aerolínea nacional, mientras que por otro lado China cuenta con 8 aerolíneas grandes de transporte de pasajeros y otras 8 de transporte de carga. 

Las Partes también acuerdan el poner a disposición de las aerolíneas de las otras Partes aquellas instalaciones, facilidades e infraestructura, así como servicios necesarios para el mantenimiento de las aeronaves, las revisiones técnicas, en fin, todo aquello que sirva de soporte para la operación de los vuelos, incluyendo los servicios y plataformas de comunicación. Las Partes también compartirán la data y estadísticas de vuelo, informaciones sobre rutas y el tráfico aéreo.

Por otro lado, con este Acuerdo se comprometen los países a facilitar la entrada de personal del otro país para la operación de las aerolíneas, incluyendo los operadores primarios: pilotos, tripulación, etc. pero también el personal administrativo y técnico. Para ello, se brindarán las acreditaciones necesarias y la facilitación de permisos de entradas, permisos de trabajos y otros requisitos esenciales para dichas funciones.

Por igual, el Acuerdo incluye una exención del pago de cargas e impuestos para las aeronaves que operen en territorio de la otra Parte, incluyendo el combustible, repuestos y lo transportado en los almacenes de la aeronave (comida, bebida, etc.) siempre que permanezcan dentro de la aeronave. Sujeto a tratamiento recíproco de ambas partes, también se puede ampliar este tratamiento a aquellos insumos necesarios para la operación de la aeronave/aerolínea (combustible, repuestos, alimentos, boletos, impresión, material publicitario, etc.), fuera de la aeronave.

De importancia también son las disposiciones relativas a seguridad de la aviación y seguridad operacional, según lo cual las Partes deberán velar por observar un alto estándar en la seguridad, manteniendo la colaboración y comunicación debida. Por igual, se regirán por los Convenios relevantes a la materia, tales como el Convenio de Tokio de 1963, de la Haya de 1970, de Montreal de 1971, entre otros. Así mismo, los organismos de seguridad de las Partes cooperarán en la materia.

Una disposición que consideramos trascendental es la del Artículo 16 sobre reconocimiento de certificados y licencias, ya que facilita mucho el acceso y las operaciones de una aerolínea en el territorio de la contraparte. Basta que dichas certificaciones y licencias cumplan con los estándares del Convenio de Aviación Civil Internacional para que sean validadas por el país. Sin embargo, las Partes se reservan el derecho de rechazar tales credenciales en casos especiales.

Para la solución de las controversias, se prevén las consultas entre las partes. En caso infructuoso, se podrá recurrir a la negociación y los canales diplomáticos. Este es el mismo canal con que cuentan otros Acuerdos con China.

Finalmente, en el Anexo I - Cuadro de Rutas, se detalla el alcance de los servicios acordados por ambos países, confirmando que el grado de amplitud del Acuerdo cubre todas las libertades de operación de transporte aéreo de pasajeros y de carga. No obstante, dada la asimetría entre ambos países, el hecho de que China cuenta con  más de una docena de aerolíneas nacionales, mientras que RD no cuenta con aerolínea nacional, se espera que el Acuerdo pueda impulsar la potencial operación de aerolíneas chinas en RD, incrementando el flujo de pasajeros, turistas y carga.

miércoles, 6 de noviembre de 2019

El gran impacto de las pequeñas cosas: Caso del Doing Business del Banco Mundial


"Uno puede preguntarse qué factores subyacentes impulsan a las economías a reformarse. Los impulsores pueden ser políticos o económicos o ambos".
Banco Mundial, Informe Doing Business 2020.
Recientemente fue publicado el informe Doing Business 2020, que como cada año es preparado por el Banco Mundial para medir la facilidad de hacer negocios en los países. En el caso de la más reciente entrega, se estudiaron 190 economías (igual número que en el informe del año 2018). En esta oportunidad, la República Dominicana quedó en el puesto número 115/190, lo que significa que retrocedió 13 posiciones con respecto al año pasado, cuando estuvimos colocados en el número 102 de 190 economías.

Teniendo en cuenta las economías evaluadas tanto en el DB 2019, como en el DB 2020, nuestro desempeño como país fue el quinto peor registrado, solo por detrás de Islas Salomón, Albania, Lesotho y Brasil, como podemos observar en la siguiente gráfica:

Fuente: Elaboración propia, con datos del BM.

Es pertinente recalcar la importancia de los indices como el DB del Banco Mundial, por su trascendencia y consideración en la toma de decisiones de las empresas. Razón por la cual, los países se esfuerzan por mejorar paulatinamente los indicadores que los propios informes subrayan como prioritarios. Como he señalado anteriormente, los países no se "queman" o "pasan" por la nota que le pongan estos indicadores, pero su mayor o menor consistencia en el tiempo si puede probar ser determinante para los terceros. Por lo tanto, es necesario prestar atención a este informe con miras a diseñar y ejecutar planes/acciones tendentes a mejorar nuestro desempeño en el corto plazo.

Como muestra o punto de partida, tomemos el propio subtitulo del DB 2020: "Abordando la onerosa regulación" (Tackling burdensome regulation). En este sentido, el BM es especialmente crítico en los asuntos que versan sobre la contratación con el Estado, al cual dedica el Capítulo 5 del informe DB. Penosamente, la República Dominicana es tomada como ejemplo o caso de estudio, por la excesiva dilación en resolver las disputas sobre contratos con el Estado. Destaca el informe como en nuestra casi tocaya República Checa se resuelven estos asuntos en 330 días, aquí ese mismo procedimiento puede tardar hasta 1,580 días (más de 4 años). Observemos:


Esto, por supuesto, es una barrera de entrada para las firmas internacionales. Afortunadamente, se pueden establecer cláusulas arbitrales en los contratos con el Estado, lo cual puede contribuir a agilizar el proceso, claro está, sujeto al común acuerdo de las Partes contratantes.

En ese mismo sentido, el DB 2020 destaca como positivo para el período de evaluación, que el país haya facilitado la ejecución de los contratos mediante el establecimiento de una estructura especializada en los tribunales comerciales. También reconoce como punto a favor que se estableciera un marco para la mediación y la conciliación, incluyendo para los casos comerciales. 

No obstante, dichos esfuerzos probaron ser insuficientes para elevar nuestra posición en el DB 2020, donde 115 economías lograron mejorar su desempeño en comparación con el año anterior. De estos últimos, los que más avanzaron fueron: Arabia Saudita, Jordania, Togo, Bahrein, Tayikistán, Pakistán, Kuwait, China, India y Nigeria. Estos países obtuvieron mejoras sustanciales en tres o más indicadores del DB 2020, como se aprecia a continuación:


Arabia Saudita introdujo 8 reformas, entre ellas el establecimiento de una plataforma online para la aprobación de los permisos de construcción. Jordania por su parte facilitó el pago  en línea de los impuestos laborales y otras cargas obligatorias. Togo, al igual que Arabia Saudita implementó un procedimiento en línea para los permisos de construcción, así como la abolición del requerimiento de notarizar ciertos documentos, entre otras reformas. Bahrein que introdujo el mayor número de reformas con 9, también permite que los permisos de construcción se tramiten online, al igual que el pago de la seguridad social y la digitalización del proceso de obtención de energía eléctrica, entre otras iniciativas. 

Pakistán, por su parte, introdujo una batería de reformas para proporcionar varios servicios online, entre ellos: la ventanilla única de creación de empresas, la contratación online de energía eléctrica y la integración de una aduana digital. Kuwait implementó reformas similares. China por su lado simplificó los tributos corporativos y para las MIPYMES.

Las economías que más avanzaron en el DB 2020 son países en desarrollo al igual que nosotros. No necesitaron de complejas ni cuantiosas inversiones, como fueron los casos de la digitalización de los procesos o las ventanillas únicas (one stop shop), cosas que están perfectamente a nuestro alcance. La mejora en el clima de negocios no se trata de un asunto de capacidad económica o de que un país sea más desarrollado que otro. Es un tema de voluntad política y de compromiso-país, aunque estos atributos no figuren como indicadores en el informe preparado por el BM.

miércoles, 23 de octubre de 2019

Para salir del laberinto, el Brexit debe volver a sus orígenes


La salida del Reino Unido de la Unión Europea, conocida como "Brexit" parece no llegar a su fin con el fracaso en el Parlamento británico del nuevo Acuerdo a que arribaron la semana pasada el Premier Boris Johnson y la UE. Este Acuerdo a grandes rasgos permitiría resolver la situación de la frontera entre Irlanda del Norte (RU) y la República de Irlanda, uno de los aspectos más delicados del Brexit. 

Las esperanzas de Johnson fueron depositadas en este Acuerdo, que hubiera mantenido a Irlanda del Norte dentro de un mercado común con la UE, mientras ganaba tiempo para negociar en un plazo de 2-4 años un Acuerdo comercial más comprensivo entre la UE y el RU. Esa posibilidad fue desechada y ahora se plantea extender la salida de la UE por tres meses más, para finales de enero 2020. Esta prorroga es posible que pase en el Parlamento británico, así como del lado Europeo, como ya ha indicado el Presidente del Consejo Europeo, Donald Tusk.

Boris Johnson parece seguir los pasos de su antecesora Theresa May, al fracasar reiteradamente en pasar los Acuerdos en el Parlamento de su país. Johnson esta viviendo en carne propia la realidad de lo complicado del asunto y que con cada revés se esfuma la posibilidad de una salida. El "Brexit Duro" como él mismo prometió contra viento y marea, que iría como sea después del 31 de octubre, resultó ser una estrategia de marketing político, capitalizando el sentimiento del momento, de que debía darse punto final al suspenso que implicaba postergar la salida de la UE. Curiosamente, quien solicita la extensión actual es el propio Johnson.

Pero mientras los políticos siguen debatiendo sin ponerse de acuerdo, dando tumbos y vueltas, los mercados permanecen a la expectativa. Es difícil prever lo que pasará al final, si RU se queda o se va de la UE. La incertidumbre crece, con los efectos en las decisiones de los actores relevantes: sector privado, consumidores y empresas, que postergan decisiones de inversión y consumo. La volatilidad producto de aplazar la decisión de salir de la UE afecta el mercado, aunque todavía no haya llegado el Brexit. Aquí se cumple lo que dicen los economistas: "no hay nada más temeroso que el dinero".

A finales de enero del próximo año, podríamos ver un escenario muy similar al de ahora. Con otra extensión de tres meses. Es decir una prorroga hasta abril, un año después de marzo 2019, cuando vencía el plazo original para buscar un Acuerdo y ejecutar el Brexit. Como resultado, los hechos muestran evidencias de que la clase política en RU no se pone de acuerdo, o más propiamente, no quiere el Brexit. Ya sea porque no quieren cargar con ese fardo o porque de pleno estén en desacuerdo con las propuestas de salida.

Ante el fracaso de los políticos, el debate sobre el Brexit necesita regresar al punto de partida: el referendum. Un segundo y definitivo referendum sobre la cuestión de la permanencia o salida de la UE es una opción que se ha estado barajando, de hecho, uno de los partidos políticos, el laborista, propugna por esta salida. Poner la solución en manos de la gente, en la forma de una segunda consulta popular no sería nada extraño, después de todo eso fue lo que se hizo en 1975 cuando el RU accedió a la UE. Se hizo otra consulta en 2011 para preguntar si se cambiaba el sistema electoral. El último referendum fue por supuesto en 2016, a propósito del Brexit.