martes, 21 de octubre de 2014

La República Dominicana y los Tratados de Libre Comercio

 



La República Dominicana cuenta con varios instrumentos de política comercial y de inversiones. Algunos de ellos, son de carácter interno, tal es el caso de las Leyes que promueven la inversión, las zonas francas, el desarrollo industrial. Otros son de de naturaleza internacional, en los que ubicamos a los Tratados de Libre Comercio (TLC) y los Acuerdos Internacionales de Inversión. 

Nuestro país, anteriormente en el marco del GATT y actualmente como miembro de la Organización Mundial del Comercio, participa en la corriente del comercio mundial. Esta realidad se ha puesto de manifiesto en las Rondas de negociaciones multilaterales y en otros eventos de este tipo en los que hemos participado, como la Conferencia Ministerial de Balí, celebrada en diciembre de 2013.

Siendo un actor proactivo y moviéndose sobre la base de sus intereses comerciales, la República Dominicana inició a partir de la segunda mitad de los años noventa una intensa labor de procurar Acuerdos con nuestros principales socios comerciales, o al menos, un acercamiento con las regiones geográficamente más cercanas al país: El Caribe y Centroamérica.

Los Tratados de Libre Comercio con la CARICOM y con Centroamérica, observando en retrospectiva, constituyeron en su esencia un reto para nuestro país. Dos bloques comerciales con décadas de experiencia en integración regional versus un país que venía del proteccionismo intrínseco del modelo de sustitución de las importaciones. Estos Acuerdos nos venían a servir como una "transición", en tiempos en lo que la globalización se encontraba en pleno apogeo y la OMC encendía los motores del sistema multilateral de comercio.

Estos primeros Acuerdos no supusieron un cambio radical en el estamento jurídico-institucional interno de la República Dominicana. Las transformaciones en ese orden podemos ubicarlas a partir del DR-CAFTA, específicamente entre 2004 y 2007, período en el que se crearon o modificaron normativas internas y se ratificaron instrumentos internacionales, acciones necesarias para adecuar al país a la nueva realidad que representa el instrumento de política comercial más importante de nuestra historia.

No cabe dudas que el país es un antes y después del DR-CAFTA: portabilidad numérica, amplia protección de la propiedad intelectual, mayor observancia de las normas laborales y ambientales, actualización en los procesos de compras y contrataciones públicas, mayor apertura en los sectores financieros y de seguros, modernización, eficiencia y rapidez en los servicios de aduanas, seguridad jurídica, etc.

Otro efecto que se puede considerar efectivo es que la adecuación y transformación interna hecha a raíz del DR-CAFTA, nos coloca por encima del umbral mínimo requerido para concertar un Acuerdo Comercial de esta envergadura. Lo vimos cuando suscribimos el Acuerdo de Asociación Económica Cariforo-Unión Europea (EPA), para el cual no tuvimos que realizar una adecuación legal e institucional profunda, si no que ya nos encontrábamos por decirlo así, por encima de los requerimientos mínimos para darle plena vigencia al Acuerdo.

En definitiva, los Tratados de Libre Comercio constituyen valiosas herramientas de política comercial y de inversión para que los países en desarrollo como el nuestro puedan expandir sus horizontes de negocios. No obstante, corresponde a cada país, formular las políticas que conduzcan al aprovechamiento de estos Acuerdos, en especial por parte el sector privado, para el cual es que finalmente se negocia o no un Acuerdo Comercial. De modo, que el reto verdadero para nosotros a la luz de los Tratados de Libre Comercio se resume a establecer las bases para que ese sector privado -productores, exportadores, importadores- aprovechen al máximo las ventajas de los Acuerdos Comerciales, para lo cual es determinante la mejora de la competitividad y la efectiva sinergia entre el sector público-privado, a la hora de procurar el acceso a los mercados preferenciales.

 

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