El 22 de febrero pasado inició el Acuerdo sobre
Facilitación de Comercio de la OMC (AFC). Como parte del Paquete de Bali (Conferencia
Ministerial de la OMC - 2013) y aprobado por el Consejo General en noviembre de
2014, el AFC parece haber llegado en el momento preciso, caracterizado por una
amenaza proteccionista y el resurgimiento de las medidas tipo balduque (cinta
roja o red tape en inglés) en el comercio internacional.
En este contexto nada predecible es el que se
encuentran las Micro, Pequeñas y Medianas empresas (MIPYMES). De por si
vulnerables en el entorno local, a nivel regional y global se enfrentan a
ingentes desafíos, algunos derivados de su propia naturaleza. La informalidad
que caracteriza este tipo de empresas en República Dominicana, por ejemplo, mantiene
a las MIPYMES en una especie de dislocación, alejándoles de las posibilidades
de acceder a los mercados regionales y globales. Por vía de consecuencia, prohibiéndoles
el acceso a las cadenas de valores del comercio mundial. Promover la
formalización, puede ser la primera fase en la estrategia de incentivos a la
exportación.
Pero existen otros estímulos, como la
simplificación. Un administrador de una micro o pequeña empresa, entronizado en
el día a día para hacer frente a las labores propias de su negocio,
difícilmente se vea motivado al comercio internacional, si de entrada observa
con justificada preocupación solo la tramitación y el papeleo que implica el
movimiento de una mercancía de un mercado a otro. Para cualquier empresa estos
procedimientos pueden resultar un esfuerzo sobrecogedor. Si las empresas
grandes tienen dificultades en materia de facilitación comercial, solo hay que
imaginarse el drama de las MIPYMES, máxime teniendo en cuenta su tamaño y los limitados
recursos de que disponen.
El AFC llega por lo tanto en un momento
coyuntural. No es la panacea, ni el “santo grial”. Pero si la promesa, el
compromiso, de una vía más expedita para la reducción gradual de las barreras burocráticas
al comercio. Es así un hálito de esperanza para las MIPYMES. Por lo que veremos
a continuación.
Un primer beneficio es la mayor celeridad en el
despacho de las mercancías. De entrada una ventaja para todo tipo de
mercancías, el AFC también incluye provisiones para los bienes perecederos
(Artículo 7.9), que beneficiarán las exportaciones agrícolas, y por supuesto, a
los pequeños/medianos productores reduciendo la incidencia de los retrasos en
las fronteras.
Otro tipo de ventaja es una mayor integración
público-privada. Derivada no únicamente de la implementación misma del AFC,
pero también de las propias políticas públicas en materia de MIPYMES llevadas a
cabo por los gobiernos. Ambos se complementan en búsqueda del mismo fin: sector
privado ayuda identificando cuellos de botella, mientras que el gobierno
acciona diseñando las hojas o mapas de ruta para las reformas estructurales. Se
logra a la vez una mayor conciencia y empoderamiento de los sectores claves.
Las cadenas regionales/globales de valor son
otro campo de oportunidad para las MIPYMES. El AFC brinda amplias ventajas para
que estas empresas estén en condición de insertarse en las líneas de producción
a escala mundial. ¿Cómo?. A través de mecanismos como la tramitación previa a
la llegada (Artículo 7.1 del AFC), la publicación de los tiempos promedios para
el despacho de mercancías (Artículo 7.6), o las disposiciones transversales
respecto de la cooperación de las agencias que intervienen en el despacho de
las mercancías (Artículo 8), la libertad de tránsito (Artículo 11) y la
cooperación aduanera (Artículo 12). Como el comercio mundial de bienes
intermedios está creciendo, todo lo anterior se combina para producir ganancias
en logística para las MIPYMES. Aquí también reside el potencial para el
aprovechamiento de los encadenamientos por intermedio de las Áreas de Libre
Comercio, facilitando el pase de insumos y bienes intermedios para su
transformación/procesamiento.
Respecto del acceso y manejo de la información
relevante, un elemento de vital importancia para las operaciones de las
MIPYMES, el Artículo 1.2 del AFC dispone una serie de medidas, entre ellas: los
miembros de la OMC deben poner a disposición del público por medio de internet,
toda la información relativa a procedimientos de importación, exportación y
tránsito, incluidos los procedimientos de recurso o revisión, además de los formularios
y documentos exigidos para la importación en el territorio de ese Miembro, para
la exportación desde él y para el tránsito por él, además de los datos de
contacto de su servicio o servicios de información. Por igual, se alienta a los
Miembros a poner a disposición por medio de Internet información adicional
relacionada con el comercio, con inclusión de la legislación pertinente.
Finalmente, un aspecto que vale resaltar es que
el AFC promueve el uso de las tecnologías de la información, de vital
importancia para las MIPYMES competir en la incipiente cuarta revolución
industrial. En su conjunto, al acelerar el despacho de las mercancías, el AFC favorece
el comercio electrónico. Pero además, el Artículo 7.8 sobre envíos urgentes, establece
una serie de medidas tendentes a la agilización de los trámites para este tipo
de envíos, así como su simplificación y limitación.
En definitiva, desde la perspectiva de la
República Dominicana, consideramos que las MIPYMES serán de los grandes beneficiarios
de este nuevo instrumento regulatorio del comercio internacional. Para lo cual
debe acompañarse de políticas públicas tendentes a su aprovechamiento y “democratización”
para que todos los sectores, incluyendo los pequeños, se apropien del mismo.
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